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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 1820/1991, de 27 de diciembre, por el que se incluye en el Régimen General de la Seguridad Social a los Ciclistas profesionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28/12/1991.
Entrada en vigor:
01/02/1992
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1991-30810
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1991/12/27/1820/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 27/12/1991
  • Fecha de publicación: 28/12/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 01/02/1992

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA el art. 3, por Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-1579).

Referencias anteriores

  • MODIFICA el Epigrafe 121 del Real Decreto 2930/1979, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1980-411).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 53 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre (Ref. BOE-A-1990-25037).
    • art. 61.2.H) de la Ley General de la Seguridad social, texto refundido aprobado por Decreto 2065/1974, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1974-1165).
  • CITA:

Materias

  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Deporte
  • Seguridad Social
  • Trabajo

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