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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, sobre representación de valores por medio de anotaciones en cuenta y compensación y liquidación de operaciones bursátiles.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20/02/1992.
Entrada en vigor:
11/03/1992
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1992-4036
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1992/02/14/116/con

Índice: «Última actualización, publicada el 03/10/2015»

Norma derogada, con efectos de 3 de febrero de 2016, por la disposición derogatoria única.a) del Real Decreto 878/2015, de 2 de octubre. Ref. BOE-A-2015-10637.

Véase la disposición adicional 2 del citado Real Decreto en cuanto mantiene la vigencia de la presente norma, a excepción de la Sección 1 del Capítulo II del Título I, respecto a los valores a los que hace referencia.

[Preámbulo]

TÍTULO I. Representación de valores por medio de anotaciones en cuenta

CAPÍTULO I. Disposiciones comunes

Sección primera. La anotación en cuenta como modalidad de representación de los valores

Sección segunda. Constancia y publicidad de las características de los valores representados por medio de anotaciones en cuenta

Sección tercera. Régimen jurídico de los valores representados por medio de anotaciones en cuenta

Sección cuarta. Certificados de legitimación

Sección quinta. Otras reglas comunes

CAPÍTULO II. Registro contable de valores admitidos a negociación en mercados, secundarios oficiales

Sección primera. Registro contable de valores admitidos a negociación en bolsa

Sección segunda. Práctica de las inscripciones referentes a valores cotizados en bolsa

Sección tercera. Registro contable de valores admitidos a negociación en otros mercados secundarios oficiales

CAPÍTULO III. Registro contable de valores no admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales

Sección primera. Entidad encargada del registro contable

Sección segunda. Llevanza del registro contable

TÍTULO II. Liquidación y compensación de operaciones bursátiles

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Aseguramiento de la entrega de los valores en la fecha de liquidación

CAPÍTULO III. Liquidación de efectivos

CAPÍTULO IV. Fianzas en garantía del mercado

TÍTULO III. Servicio de Compensación y Liquidación de Valores y Entidades adheridas

CAPÍTULO I. Servicio de Compensación y Liquidación de Valores

CAPÍTULO II. Entidades adheridas al Servicio de Compensación y Liquidación de Valores

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Disposiciones derogatorias]

[Firma]


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