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Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

[Disposición derogada]

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 22/03/1993
  • Fecha de publicación: 23/03/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 12/04/1993
  • Fecha de derogación: 03/04/2014

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Ley 4/2014, de 1 de abril (Ref. BOE-A-2014-3520).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 2.1.i), por Ley 5/2012, de 6 de julio (Ref. BOE-A-2012-9112).
    • el art. 2.1.i), por Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2012-3152).
    • los arts. 2, 6 y se añade el art. 17, por Ley 2/2011, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2011-4117).
  • SE DEROGA los arts. 11, 12, 17, las disposiciones adicionales 1 y 2 y final 2 y se modifica los arts. 4, 6, 8.3, 10, 13 a 16 y 23, por Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-18651).
  • SE DECLARA la desestimación de la CUESTIÓN 304/1998, en relación con la disposición transitoria 3, por Sentencia 131/2006, de 27 de abril (Ref. BOE-T-2006-9172).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 19, por Ley 53/2002, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-25412).
    • los arts. 12.1, 14.2, 15 b) y c), 16.3 y 17.1, por Ley 51/2002, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-25286).
  • SE ACTUALIZA, sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: Resolución 16/2001, de 29 de noviembre (Ref. BOE-A-2001-24240).
  • SE DECLARA en los CONFLICTOS 2035 y 2038/1993, que las competencias controvertidas son aplicables en la forma indicada, por Sentencia 206/2001, de 22 de octubre (Ref. BOE-T-2001-21709).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 3, soibre la ejecución del Plan Cameral de Promoción de las Exportaciones: Orden de 10 de diciembre de 1998 (Ref. BOE-A-1998-30160).
  • SE MODIFICA el art. 19.2 y 3 y se añade la disposición transitoria 9 , por Ley 50/1998, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-30155).
  • SE DEROGA la disposición adicional cuarta y se modifica el art. 12.1.B) y C), por Ley 12/1996, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-29116).
  • SE DECLARA:
    • en las CUESTIONES 4298, 4299, 4302, 4303/1995, 251, 252, 600, 601, 662, 1148, 1239, 1485, 1532, 1533 y 2043/1996, la desestimación en relación con los arts. 6, 12 y 13, por Sentencia 154/1996, de 3 de octubre (Ref. BOE-T-1996-24330).
    • en la CUESTIÓN 1027/1995, la desestimación en relación con los arts. 6, 12 y 13, por Sentencia 107/1996, de 12 de junio (Ref. BOE-T-1996-15866).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, adoptando medidas de Financiación: Real Decreto-ley 3/1995, de 3 de marzo (Ref. BOE-A-1995-5811).

Referencias anteriores

Materias

  • Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación
  • Consejo Superior de Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación

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