Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 29/06/1994.
Entrada en vigor:
01/09/1994
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1994-14960
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdlg/1994/06/20/1/con

Índice: «Modificación publicada el 29/12/2014»

Téngase en cuenta que las referencias a la "invalidez permanente" se entenderán efectuadas a la "incapacidad permanente", y la expresión "profesión habitual" aplicada a la incapacidad permanente se entenderá como "profesión que ejercía el interesado o del grupo profesional, en que aquella estaba encuadrada", según establece el art. 8.5 de la Ley 24/1997, de 15 de julio. Ref. BOE-A-1997-15810.

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO

TÍTULO I. Normas generales del sistema de la Seguridad Social

CAPÍTULO I. Normas preliminares

CAPÍTULO II. Campo de aplicación y estructura del sistema de la Seguridad Social

CAPÍTULO III. Afiliación, cotización y recaudación

Sección 1. Afiliación al sistema y altas y bajas en los regímenes que lo integran

Sección 2. Cotización

Sección 3. Recaudación

Subsección 1. Disposiciones generales

Subsección 2. Recaudación en período voluntario

Subsección 3. Recaudación en vía ejecutiva

CAPÍTULO IV. Acción protectora

Sección 1. Disposiciones generales

Sección 2. Prescripción, caducidad y reintegro de prestaciones indebidas

Sección 3. Revalorización e importes máximos y mínimos de pensiones

Subsección 1. Disposiciones comunes

Subsección 2. Pensiones contributivas

Subsección 3. Pensiones no contributivas

CAPÍTULO V. Servicios sociales

CAPÍTULO VI. Asistencia social

CAPÍTULO VII. Gestión de la Seguridad Social

Sección 1. Entidades gestoras

Sección 2. Servicios comunes

Sección 3. Normas comunes a las entidades gestoras y servicios comunes

Sección 4. Colaboración en la gestión de la seguridad social

Subsección 1. Disposición general

Subsección 2. Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social

Subsección 3. Empresas

Sección 5. Inspección

CAPÍTULO VIII. Régimen económico

Sección 1. Patrimonio de la Seguridad Social

Sección 2. Recursos y sistemas financieros de la Seguridad Social

Sección 3. Presupuesto, intervención y contabilidad de la Seguridad Social

Sección 4. Contratación en la Seguridad Social

CAPÍTULO IX. Infracciones y sanciones en materia de Seguridad Social

TÍTULO II. Régimen General de la Seguridad Social

CAPÍTULO I. Campo de aplicación

CAPÍTULO II. Inscripción de empresas y normas sobre afiliación, cotización y recaudación

Sección 1. Inscripción de empresas y afiliación de trabajadores

Sección 2. Cotización

Sección 3. Recaudación

CAPÍTULO III. Acción protectora

Sección 1. Contingencias protegibles

Sección 2. Régimen general de las prestaciones

CAPÍTULO IV. Incapacidad temporal

CAPÍTULO IV BIS. Maternidad

Sección primera. Supuesto general

Sección segunda. Supuesto especial

CAPÍTULO IV TER. Paternidad

CAPÍTULO IV QUATER. Riesgo durante el embarazo

CAPITULO IV QUINQUIES. Riesgo durante la lactancia natural

CAPÍTULO IV SEXIES. Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

CAPÍTULO V. Invalidez

Sección 1. Disposición general

Sección 2. Invalidez permanente en su modalidad contributiva

Sección 3. Invalidez en su modalidad no contributiva

Sección 4. Lesiones permanentes no invalidantes

CAPÍTULO VI. Recuperación

CAPÍTULO VII. Jubilación

Sección 1. Jubilación en su modalidad contributiva

Sección 2. Jubilación en su modalidad no contributiva

CAPÍTULO VIII. Muerte y supervivencia

CAPÍTULO IX. Prestaciones familiares

Sección 1. Modalidad contributiva

Sección 2. Modalidad no contributiva

Subsección 1.ª Asignación económica por hijo o menor acogido a cargo

Subsección 2.ª Prestación económica de pago único a tanto alzado por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres discapacitadas.

Subsección 3.ª Prestación por parto o adopción múltiples

Subsección 4.ª Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo.

Subsección 5.ª Disposiciones comunes

CAPÍTULO X. Disposiciones comunes del Régimen General

Sección 1. Mejoras voluntarias de la acción protectora del Régimen General

Sección 2. Disposiciones sobre seguridad e higiene en el trabajo en el Régimen General

CAPÍTULO XI. Gestión

CAPÍTULO XII. Régimen financiero

CAPÍTULO XIII. Aplicación de las normas generales del sistema

TÍTULO III. Protección por desempleo

CAPÍTULO I. Normas generales

CAPÍTULO II. Nivel contributivo

CAPÍTULO III. Nivel asistencial

CAPÍTULO IV. Régimen de las prestaciones

CAPÍTULO V. Régimen financiero y gestión de las prestaciones

Sección 1. Régimen financiero

Sección 2. Gestión de las prestaciones

CAPÍTULO VI. Régimen de obligaciones, infracciones y sanciones

CAPÍTULO VII. Derecho supletorio

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid