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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Índice: «Modificación publicada el 31/12/2016»

[Preámbulo]

CAPITULO I. Disposiciones generales

CAPITULO II. Definiciones y categorías

CAPITULO III. Variedades

CAPITULO IV. Producción de plantas de vivero

CAPITULO V. Requisitos para los materiales de reproducción y para los plantones de frutal de categorías CAC y estándar

CAPITULO VI. Controles

CAPITULO VII. Proveedores

CAPITULO VIII. Etiquetado, precintado y embalaje

CAPITULO IX. Comercialización

CAPITULO X. Requisitos para los materiales de reproducción y para los plantones de frutal de las categorías inicial, de base y certificada

Sección 1ª. Requisitos generales

Sección 2ª. Requisitos para los materiales iniciales

Sección 3ª. Requisitos para los materiales de base.

Sección 4ª. Requisitos para los materiales certificados

CAPITULO XI. Comercio exterior e intracomunitario

CAPITULO XII. Sanciones

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Lista de organismos nocivos que requieren inspección visual y, en determinadas condiciones, muestreo y ensayo para constatar su presencia

ANEXO II. Lista de organismos nocivos y enfermedades que afectan a la calidad de manera significativa

ANEXO II bis. Lista de organismos nocivos que requieren inspección visual y, en determinadas condiciones, muestreo y ensayo con arreglo a lo dispuesto en los artículos 60, apartados 2 y 4, 61.1, 67.1, 72.1, y 19 quater, apartados 1 y 4

ANEXO II ter. Lista de organismos nocivos cuya presencia en el suelo está regulada por el artículo 62, apartados 1 y 2, el artículo 68, apartados 1 y 2, y el artículo 73, apartados 1 y 2

ANEXO II quáter. Requisitos relativos a la inspección visual, los muestreos y los ensayos por géneros o especies y categoría con arreglo al artículo 61.2, 67.2, 72.2, y 19 quater.2

ANEXO II quinquies. Número máximo autorizado de generaciones en el campo, con presencia de insectos, y vida útil máxima autorizada de las plantas madres de base por género o especie, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 70.1

ANEXO III. Normas de calidad exterior para las plantas de vivero de los subgrupos cítricos y platanera

ANEXO IV. Datos que deben consignarse en los documentos de los proveedores

ANEXO V. Normas específicas para la certificación de plantas de vivero de frutales de pepita y hueso.

ANEXO VI. Normas específicas para la certificación de plantas de vivero del subgrupo cítricos

ANEXO VII. Normas específicas para la certificación de plantas de vivero del subgrupo fresa

ANEXO VIII. Normas específicas para el control y la certificación de plantas de vivero del subgrupo platanera.

ANEXO IX. Normas específicas para la certificación de plantas de vivero de olivo

ANEXO X. Categorías de plantas de vivero en que se pueden producir las distintas especies

ANEXO XI. Normas específicas para el control y la certificación de plantas de vivero del subgrupo aguacate

ANEXO XII. Lista de géneros y especies a los que se refiere el artículo 1

ANEXO XIII. Normas específicas para la certificación de plantas de vivero del subgrupo «otros frutales» (higuera, algarrobo, granado y géneros: Diospyros L., Juglans L. y Corylus L.)

ANEXO XIV. Permiso de recolección de material vegetal de una plantación comercial


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