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Orden de 20 de julio de 1995 por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de arrendamiento de vehículos sin conductor.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 02/08/1995.
Entrada en vigor:
22/08/1995
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-18544
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1995/07/20/(2)/con

Índice: «Modificación publicada el 23/12/2009»

Téngase en cuenta que desde la entrada en vigor de la modificación del art. 133 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, Ref. BOE-A-1987-17803 operada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, Ref. BOE-A-2009-20725 se suprime la autorización administrativa específica para el acceso y ejercicio de las actividades de arredamiento de vehículos sin conductor, que podrá ser realizada libremente.

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Autorizaciones de arrendamiento de vehículos sin conductor

CAPÍTULO II. Contrato de arrendamiento de vehículos sin conductor

CAPÍTULO III. Utilización de los vehículos arrendados sin conductor

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO. Justificante de haber puesto en conocimiento de la Administración la sustitución provisional de un vehículo por avería


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