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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 02/03/1996.
Entrada en vigor:
03/03/1996
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1996-4945
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1996/02/02/145/con

Índice: «Modificación publicada el 29/11/1999»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Disposiciones adicionales]

[Firma]

REGLAMENTO DE ESPECTÁCULOS TAURINOS

TÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación

TÍTULO II. De los Registros de Profesionales Taurinos y de Empresas Ganaderas de Reses de Lidia

CAPÍTULO I. Registro General de Profesionales Taurinos

CAPÍTULO II. Registro de Empresas Ganaderas de Reses de Lidia

TÍTULO III. De las plazas de toros y otros recintos aptos para la celebración de espectáculos taurinos

TÍTULO IV. Disposiciones comunes a todos los espectáculos taurinos

CAPÍTULO I. De las clases de espectáculos taurinos y de los requisitos para su organización y celebración

CAPÍTULO II. De los espectadores y de sus derechos y obligaciones

CAPÍTULO III. De la Presidencia de los espectáculos

TÍTULO V. Garantías de la integridad de espectáculo

CAPÍTULO I. Características de las reses de lidia

CAPÍTULO II. Del transporte de las reses y de sus reconocimientos

CAPÍTULO III. De los reconocimientos previos

CAPÍTULO IV. De los reconocimientos «post mortem»

CAPÍTULO V. Garantías y medidas complementarias

TÍTULO VI. Del desarrollo de la lidia

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Del primer tercio de la lidia

CAPÍTULO III. Del segundo tercio de la lidia

CAPÍTULO IV. Del último tercio de la lidia

CAPÍTULO V. Otras disposiciones

TÍTULO VII. Disposiciones particulares relativas a ciertos espectáculos

TÍTULO VIII. De las escuelas taurinas

TÍTULO IX. De la Comisión Consultiva Nacional de Asuntos Taurinos

TÍTULO X. Régimen sancionador

ANEXO I. Biometría del asta

ANEXO II

ANEXO III


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