Publicada en el DOG núm. 233, de 5 de diciembre de 1995.
Fecha de derogación: 14/02/2021
Referencias posteriores
SE DEROGA, con efectos desde el 14 de febrero de 2021, por Ley 1/2021, de 8 de enero (Ref. DOG-g-2021-90007).
SE AÑADE:
la disposición adicional 4, por Ley 3/2018, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2019-3997).
la disposición adicional 3, por Ley 2/2016, de 10 de febrero (Ref. BOE-A-2016-3191).
los arts. 15.bis y 25.bis, por Ley 4/2012, de 12 de abril (Ref. BOE-A-2012-6190).
SE DICTA DE CONFORMIDAD aprobando definitivamente las directrices de ordenación del territorio: Decreto 19/2011, de 10 de febrero (Ref. BOE-A-2011-3588).
SE MODIFICA:
art. 23.7 y disposición adicional 1, por Ley 15/2010, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2011-2546).
los arts. 4, 22, 23 y SE AÑADE el 5 bis, por Ley 6/2007, de 11 de mayo (Ref. BOE-A-2007-11325).
la disposición adicional 1, por Ley 9/2002, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-1267).
SE DICTA EN RELACION, sobre desarrollo Comarcal: Ley 7/1996, de 10 de julio (Ref. BOE-A-1996-19262).
Referencias anteriores
DE CONFORMIDAD con:
art. 24 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero (Ref. DOG-g-1983-90054).
art. 27.3 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril (Ref. BOE-A-1981-9564).