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Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

Publicado en:
«BOCM» núm. 147, de 23/06/1998, «BOE» núm. 206, de 28/08/1998.
Entrada en vigor:
23/06/1998
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-1998-20648
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-md/l/1998/06/15/8/con

Índice: «Modificación publicada el 29/12/2010»

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales

TÍTULO I. De las potestades administrativas sobre las vías pecuarias su creación y desafectación

CAPÍTULO I. Potestades administrativas sobre las vías pecuarias

Sección 1.ª Conservación y defensa de las vías pecuarias

Sección 2.ª Potestades de la administración

CAPÍTULO II. Creación, ampliación y restablecimiento de vías pecuarias

CAPÍTULO III. Desafectación de terrenos de las vías pecuarias

CAPÍTULO IV. Modificaciones del trazado

Sección 1.ª Modificaciones del trazado de las vías pecuarias

Sección 2.ª Las vías pecuarias y la ordenación territorial

Sección 3.ª Modificaciones del trazado por la realización de obras públicas sobre terrenos de vías pecuarias

TÍTULO II. Del uso y aprovechamiento de las vías pecuarias

CAPÍTULO I. Del plan de uso y gestión de las vías pecuarias de la Comunidad de Madrid

CAPÍTULO II. De los usos comunes generales y especiales

Sección 1.ª Usos comunes generales: prioritario, compatibles y complementarios

Sección 2.ª Usos comunes especiales

CAPÍTULO III. De los usos especiales, singulares o privativos y del aprovechamiento de las vías pecuarias

CAPÍTULO IV. Disposiciones comunes a este título

CAPÍTULO V. Colaboración entre administraciones

TÍTULO III. Infracciones y sanciones

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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