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Real Decreto 369/1999, de 5 de marzo, sobre términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los Ministros de Culto de las Iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 16/03/1999.
Entrada en vigor:
01/05/1999
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1999-6224
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1999/03/05/369/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 05/03/1999
  • Fecha de publicación: 16/03/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 01/05/1999

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • con efectos desde el 1 de enero de 2015, el art. 2, se renumera la disposición adicional única y SE AÑADE la 2, por Real Decreto 839/2015, de 21 de septiembre (Ref. BOE-A-2015-10146).
    • el art. 4.1, por Real Decreto 1138/2007, de 31 de agosto (Ref. BOE-A-2007-16260).

Referencias anteriores

  • DEROGA Orden de 2 de marzo de 1987 (Ref. BOE-A-1987-6271).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 24/1992, de 10 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-24853).
  • EN RELACIÓN con el Real Decreto 2398/1977, de 27 de agosto (Ref. BOE-A-1977-23050).
  • CITA Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1994-14960).

Materias

  • Asociaciones confesionales no católicas
  • Régimen General de la Seguridad Social

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