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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra.

Publicado en:
«BON» núm. 82, de 07/07/2000, «BOE» núm. 214, de 06/09/2000.
Entrada en vigor:
08/07/2000
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-2000-16371
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/2000/07/03/4/con

Índice: «Última actualización, publicada el 30/09/2021»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Estatuto

CAPÍTULO I. Carácter y elección

CAPÍTULO II. Prerrogativas e incompatibilidades

CAPÍTULO III. Cese y sustitución

CAPÍTULO IV. El Adjunto

TÍTULO II. Funciones y procedimiento

CAPÍTULO I. Ámbito de competencias

CAPÍTULO II. Iniciación y contenido de la investigación

CAPÍTULO III. Tramitación de las quejas

CAPÍTULO IV. Obligaciones de colaboración

CAPÍTULO V. Responsabilidad de autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas de Navarra

TÍTULO III. Resoluciones

CAPÍTULO I. Contenido

CAPÍTULO II. Notificaciones y comunicaciones

TÍTULO IV. Relaciones con el Parlamento

CAPÍTULO I. Informe al Parlamento de Navarra

TÍTULO V. Relaciones con el Defensor del Pueblo

CAPÍTULO I. Autonomía y colaboración

TÍTULO VI. Medios personales y materiales

CAPÍTULO I. Personal

CAPÍTULO II. Medios materiales

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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