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Orden de 14 de noviembre de 2001 por la que se regulan el programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios y las Unidades de Promoción y Desarrollo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dichos programas.

[Disposición derogada]

Índice: «Modificación publicada el 07/07/2012»

Se deja sin efecto la previsión de derogación y se le da el carácter de medida estatal en el marco de la Estrategia Española de Empleo 2012-2014 por las disposiciones derogatoria única.1.h) y final 12.s) del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero. Ref. BOE-A-2012-2076. En el mismo sentido se establece por las disposiciones derogatoria única.1.h) y final 12.1.s) de la Ley 3/2012, de 6 de julio. Ref. BOE-A-2012-9110.

Téngase en cuenta que esta norma queda derogada, aunque permanecerá en vigor hasta que se aprueben la Estrategia Española de Empleo y el Plan Anual de Política de Empleo para el ejercicio 2012, según establecen las disposiciones derogatoria única.1.s) y transitoria 3 del Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero. Ref. BOE-A-2011-3255

Téngase en cuenta que quedan derogadas las disposiciones de esta norma en aquello en que se opongan a lo dispuesto en la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo. Ref. BOE-A-2005-5240, según establece su disposición derogatoria única, en relación con el art. 2 de la misma.

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales.

CAPÍTULO II. Procedimiento para la concesión de subvenciones

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I

ANEXO II


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