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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21/11/2002.
Entrada en vigor:
11/12/2002
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2002-22649
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/2002/11/20/43/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 20/11/2002
  • Fecha de publicación: 21/11/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 11/12/2002

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA los arts. 13, 54 a 56 y 65, por Ley 30/2022, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-22127).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • se establece el Programa nacional de control y erradicación de Tecia: Real Decreto 197/2017, de 3 de marzo (Ref. BOE-A-2017-2312).
    • con los arts. 44 y 45, sobre información y comercialización de productos de defensa fitosanitaria: Real Decreto 951/2014, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-2014-13058).
    • estableciendo el marco de actuación para el uso sostenible de los productos fitosanitarios: Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre (Ref. BOE-A-2012-11605).
    • sobre inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios: Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre (Ref. BOE-A-2011-19296).
  • SE MODIFICA los arts. 37, 39, SE DEJA SIN EFECTO el art. 38 y SE AÑADE la disposición transitoria 4, por Ley 2/2011, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2011-4117).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con la disposición adicional 2 estableciendo el programa de control de los nematodos del quiste de la patata: Real Decreto 920/2010, de 16 de julio (Ref. BOE-A-2010-11727).
    • estableciendo el programa nacional de control de las plagas del topillo de campo: Real Decreto 409/2008, de 28 de marzo (Ref. BOE-A-2008-6244).
    • los arts. 44 y 45, regulando la Comunicación de comercialización de determinados medios de defensa fitosanitaria: Orden APA/1470/2007, de 24 de mayo (Ref. BOE-A-2007-10705).
  • SE MODIFICA el art. 67, por Ley 4/2004, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21831).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • estableciendo programa nacional de control de insectos vectores de los virus de los cultivos hortícolas: Real Decreto 1938/2004, de 27 de septiembre (Ref. BOE-A-2004-17233).
    • con el art. 15, estableciendo programa nacional de control de la mosca mediterránea de la fruta: Real Decreto 461/2004, de 18 de marzo (Ref. BOE-A-2004-5823).
  • SE MODIFICA el art. 67, por Ley 62/2003, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23936).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • Real Decreto 699/1995, de 28 de abril (Ref. BOE-A-1995-11969).
    • Decreto 496/1960, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-1960-4266).
    • Capítulo II del Título IV de la Ley de Montes, de 8 de junio de 1957 (GAZETA), (Ref. BOE-A-1957-7536).
    • Ley de Defensa de los Montes contra las Plagas Forestales, de 20 de diciembre de 1952 (GAZETA) (Ref. BOE-A-1952-15286).
    • arts. 6 y 9 del Real Decreto de 20 de junio de 1924 (GAZETA), (Ref. BOE-A-1924-6173).
    • Ley de Plagas del Campo, de 21 de mayo de 1908 (GAZETA) (Ref. BOE-A-1908-3938).
  • CITA:

Materias

  • Importaciones
  • Plagas del campo
  • Plaguicidas
  • Plantas
  • Producción vegetal
  • Productos fitosanitarios
  • Residuos
  • Sanidad vegetal
  • Tasas

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