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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España.

Índice: «Modificación publicada el 20/11/2003»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ESTATUTO GENERAL DE LOS PROCURADORES DE LOS TRIBUNALES DE ESPAÑA

TÍTULO I. Disposiciones generales

TÍTULO II. De los Procuradores

CAPÍTULO I. De los requisitos para ejercer la profesión de procurador

CAPÍTULO II. Prohibiciones e incompatibilidades

CAPÍTULO III. Ejercicio individual, colectivo y colaboración profesional

CAPÍTULO IV. Deberes y derechos de los procuradores

CAPÍTULO V. De la asistencia jurídica gratuita y del turno de oficio

CAPÍTULO VI. De las fianzas

CAPÍTULO VII. De las ausencias, sus sustituciones y ceses en el ejercicio de la profesión

TÍTULO III. Del régimen de responsabilidad de los colegiados

CAPÍTULO I. Responsabilidad penal y civil

CAPÍTULO II. De la responsabilidad disciplinaria

CAPÍTULO III. De las infracciones y sanciones

TÍTULO IV. De la organización profesional de la Procura

CAPÍTULO I. De los Colegios de Procuradores

CAPÍTULO II. De la Junta de Gobierno

CAPÍTULO III. De la Junta General

CAPÍTULO IV. Del Régimen Económico Colegial

CAPÍTULO V. De los Consejos de Colegios de las Comunidades Autónomas

CAPÍTULO VI. Del Consejo General de los Procuradores de los Tribunales

CAPÍTULO VII. Del Régimen Jurídico de los acuerdos y de su impugnación

CAPÍTULO VIII. De la Mutualidad de los Procuradores de los Tribunales de España, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija

[Disposiciones transitorias]


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