Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 17/11/2003
  • Fecha de publicación: 18/11/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 18/05/2004
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada, el 18 de mayo de 2004.
  • Fecha de derogación: 01/10/2015

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Ley 38/2015, de 29 de septiembre (Ref. BOE-A-2015-10440).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 73, sobre aplicación de incentivos en el sistema de los cánones por utiliización de infraestructuras feroviarias: Orden FOM/189/2015, de 11 de febrero (Ref. BOE-A-2015-1365).
  • SE AÑADE la disposición adicional 14, por Ley 18/2014, de 15 de octubre (Ref. BOE-A-2014-10517).
  • SE MODIFICA los arts. 77 y 81.1.j), por Ley 15/2014, de 16 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-9467).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • sobre la asistencia a víctimas: Real Decreto 627/2014, de 18 de julio (Ref. BOE-A-2014-7656).
    • regulando la investigación de los accidentes e incidentes ferroviarios y la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios: Real Decreto 623/2014, de 18 de julio (Ref. BOE-A-2014-7651).
  • SE AÑADE la disposición adicional 14, por Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio (Ref. BOE-A-2014-7064).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 21, 73, 77, 81, 89, 90 y disposición transitoria 3 y SE AÑADE las disposiciones adicionales 11 a 13 y transitoria 8, por Ley 1/2014, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2014-2219).
    • Arts. 56, 57, 58, 60, 63, 71, 77 y 81 y SE AÑADE los arts. 56 bis, 57 bis y disposiciones adicional 13 y transitoria 8, por Real Decreto-ley 1/2014, de 24 de enero (Ref. BOE-A-2014-747).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, aprobando el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad: Real Decreto 1044/2013, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13727).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 20 y 22, por Real Decreto-ley 15/2013, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13035).
    • los arts. 21.l), 73, 77, 81.1.j) y SE AÑADE la disposición adicional 12, por Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto (Ref. BOE-A-2013-8556).
    • las disposiciones adicional 9.1 y transitoria 3, por Ley 11/2013, de 26 de julio (Ref. BOE-A-2013-8187).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD la disposición transitoria 3.3, sobre libre prestación de servicios de transporte ferroviario turístico: Orden FOM/1403/2013, de 19 de julio (Ref. BOE-A-2013-8084).
  • SE DEROGA arts. 82 a 84 y SE MODIFICA los arts. 95 y 96 , por Ley 3/2013, de 4 de junio (Ref. BOE-A-2013-5940).
  • SE MODIFICA las disposiciones adicional 9.1 y transitoria 3, por Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero (Ref. BOE-A-2013-2030).
  • SE DECLARA en los RECURSOS, acumulados, 908/2004, 909/2004, 917/2004, 918/2004, 930/2004 y 933/2004 , la inconstitucionalidad y nulidad de la disposición adicional 9.1 y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 245/2012, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-618).
  • SE DEROGA en la forma indicada la disposición transitoria 5, por Ley 17/2012, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-15651).
  • SE MODIFICA:
    • la disposición transitoria 3, por Decreto Ley 22/2012, de 20 de julio (Ref. BOE-A-2012-9772).
    • los arts. 8, 40 y 82 a 84, por Ley 2/2011, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2011-4117).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD sobre títulos y centros de formación relacionados con la seguridad de circulación: Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre (Ref. BOE-A-2010-17236).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 21.1, 40, 41, 78, 79.1, el anexo y SE AÑADE la disposición transitoria 7, por Ley 25/2009, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-20725).
    • los arts. 90.2.e) y disposición transitoria 2 y SE AÑADE la adicional 10, por Ley 15/2009, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-2009-18004).
    • el art. 36.2, con efectos de 1 de noviembre de 2007, por Ley 31/2007, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2007-18875).
    • el art. 22.3.b), con efectos desde 30 de abril de 2008, por Ley 30/2007, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2007-18874).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • aprobando el Reglamento sobre seguridad en la circulación: Real Decreto 810/2007, de 22 de junio (Ref. BOE-A-2007-13177).
    • el art. 39, sobre titulaciones y habilitaciones del personal ferroviario y sobre centros de formación: Orden FOM/2520/2006, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2006-14016).
    • sobre interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad: Real Decreto 355/2006, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2006-6247).
    • sobre interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropeo convencional: Real Decreto 354/2006, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2006-6246).
  • SE MODIFICA el art. 6, por Ley 30/2005, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-21525).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • aprobando el Estatuto de la entidad pública Renfe-Operadora: Real Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21914).
    • aprobando el Estatuto de la entidad pública Administrador de Infraestructuras Ferroviarias: Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21913).
    • aprobando Reglamento de desarrollo: Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21908).
  • SE MODIFICA los arts. 65 y 66, por Ley 4/2004, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21831).
  • SE AMPLÍA el plazo de la disposición final 3.1, por Real Decreto Ley 1/2004, de 7 de mayo (Ref. BOE-A-2004-8765).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • art. 104 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1997-28053).
    • arts. 160 y 161 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-29117).
    • art. 74 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre , (Ref. BOE-A-1994-28968).
    • Sección 2 del capítulo II y los capítulos III, IV y V del título VI de la Ley 16/1987, de 30 de julio , (Ref. BOE-A-1987-17803).
  • TRANSPONE:
  • DE CONFORMIDAD con el art. 43.1.b) de la Ley 6/1997 de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).

Materias

  • Administración General del Estado
  • Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
  • Aeropuertos y aeródromos
  • Aranceles Profesionales
  • Autoridades Portuarias
  • Comités consultivos
  • Comunidades Autónomas
  • Consejo Económico y Social
  • Consejo Nacional de Transportes Terrestres
  • Contratos de las Administraciones Públicas
  • Edificaciones
  • Empresas
  • Entidades Públicas Empresariales
  • Ferrocarriles
  • Ferrocarriles de vía estrecha
  • Gestor de Infraestructuras Ferroviarias
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
  • Mercancías
  • Ministerio de Fomento
  • Obras
  • Ordenación del territorio
  • Organización de la Administración del Estado
  • Pasos a nivel
  • Procedimiento administrativo
  • Puertos
  • Red Ferroviaria de Interés General
  • Registro Especial de Empresas Ferroviarias
  • RENFE
  • RENFE Operadora
  • Tarifas
  • Tasas
  • Trabajadores
  • Transportes internacionales
  • Unión Europea

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid