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Legislación consolidada

Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.

[disposición derogada]

Índice: «Última actualización, publicada el 21/01/2017»

Norma derogada, con efectos de 22 de enero de 2017, por la disposición derogatoria única del Real Decreto 20/2017, de 20 de enero. Ref. BOE-A-2017-656.

Téngase en cuenta que las referencias al Real Decreto 1383/2002 de 20 de diciembre, contenidas en normas, acuerdos, contratos y documentos tanto públicos como privados se entenderán hechas al Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, según establece su disposición derogatoria única. Ref. BOE-A-2021-5868

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Requisitos técnicos de las instalaciones de recepción de vehículos y de tratamiento de vehículos al final de su vida útil

ANEXO II. Materiales y componentes exentos de lo dispuesto en el artículo 3.a)

ANEXO III. Operaciones de descontaminación del vehículo al final de su vida útil y otras operaciones de tratamiento

ANEXO IV. Requisitos mínimos del certificado de destrucción de un vehículo al final de su vida útil, expedido en cumplimiento del apartado 2 del artículo 5 de este Real Decreto


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