SE DEROGA, por Real Decreto 20/2017, de 20 de enero (Ref. BOE-A-2017-656).
SE MODIFICA el anexo II, por Orden PRA/1861/2016, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-11739).
SE DICTA DE CONFORMIDAD, sobre las obligaciones de registro documental e información por los centros autorizados para el tratamiento de vehículos: Orden INT/2535/2015, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-2015-13001).
SE SUSTITUYE:
el anexo II, por Orden PRE/26/2014, de 16 de enero (Ref. BOE-A-2014-591).
el anexo II, por Orden PRE/370/2012, de 27 de febrero (Ref. BOE-A-2012-2829).
SE MODIFICA:
con efectos desde el 1 de diciembre de 2010, el art. 2.m), por Real Decreto 1436/2010, de 5 de noviembre (Ref. BOE-A-2010-17240).
el art. 7.1, por Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo (Ref. BOE-A-2010-5037).
SE DICTA DE CONFORMIDAD el art. 5, regulando la baja electrónica de los vehículos descontaminados: Orden INT/624/2008, de 26 de febrero (Ref. BOE-A-2008-4538).
SE MODIFICA los arts. 2, 3 y 10, por Real Decreto 509/2007, de 20 de abril (Ref. BOE-A-2007-8352).
SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 5, regulando la baja definitiva de los vehículos descontaminados: Orden INT/0249/2004, de 5 de febrero (Ref. BOE-A-2004-2586).
Referencias anteriores
TRANSPONE la Directiva 2000/53/CE, de 18 de septiembre (Ref. DOUE-L-2000-81967).
DE CONFORMIDAD con la Ley 10/1998, de 21 de abril (Ref. BOE-A-1998-9478).
Materias
Comunidades Autónomas
Consumidores y usuarios
Dirección General de Tráfico
Eliminación de residuos
Gestión de residuos
Industrias
Políticas de medio ambiente
Sustancias peligrosas
Vehículos de motor
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico