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Legislación consolidada

Instrucción de 20 de enero de 2004, de la Junta Electoral Central, sobre consulta vía Internet de los datos del censo electoral.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22/01/2004.
Entrada en vigor:
22/01/2004
Departamento:
Junta Electoral Central
Referencia:
BOE-A-2004-1305
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ins/2004/01/20/(1)/con

Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 22/01/2004»


[Bloque 1: #preambulo]

Visto lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y ante la necesidad de proteger los datos personales de los electores, conforme a lo que resulta del artículo 41 de la citada Ley Orgánica, la Junta Electoral Central, en su reunión del día de la fecha, ha acordado publicar la siguiente Instrucción:

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[Bloque 2: #unico]

Único.

Los Ayuntamientos que faciliten a los electores a través de Internet el acceso a sus datos censales deberán incluir a tal fin los mismos datos de cada elector que figuren en las listas en soporte papel.

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[Bloque 3: #firma]

Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2004.-El Presidente, Enrique Cancer Lalanne.

Ilmo. Sr. Director General del Secretariado del Gobierno.

Ministerio de la Presidencia. Complejo de la Moncloa.

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