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Orden PRE/921/2004, de 6 de abril, por la que se regula la valoración de la formación teórica y práctica y la experiencia como piloto adquiridas al servicio de las Fuerzas Armadas españolas para la obtención de los títulos y licencias requeridos a los pilotos de aviones civiles.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 09/04/2004.
Entrada en vigor:
10/04/2004
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2004-6327
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2004/04/06/pre921/con

Índice: «Última actualización, publicada el 20/09/2022»

Téngase en cuenta que la presente Orden permanecerá vigente, conservando su rango de orden ministerial, según establece la disposición derogatoria 1.2.a) del Real Decreto 728/2022, de 6 de septiembre de 2022. Ref. BOE-A-2022-15286

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO 1. Equivalencias entre la formación teórica y práctica y la experiencia como piloto adquiridas por el personal militar de carrera piloto de avión militar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas y la formación y experiencia exigidas para la obtención de los títulos, licencias y habilitaciones de piloto civil

ANEXO 2. Personal militar de complemento piloto de avión militar

ANEXO 3. Clases y tipos de avión utilizados en las Fuerzas Armadas españolas para la formación general de los pilotos militares y/o la realización de operaciones de transporte


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