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ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 11/07/2007
  • Fecha de publicación: 12/07/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 12/10/2007

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • el art. 4.3.a), por Ley 4/2023, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2023-5366).
    • con los efectos indicados, los arts. 36 y 38, por Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero (Ref. BOE-A-2023-625).
  • SE AÑADE el art. 38 quinquies, por Ley 28/2022, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-21739).
  • SE MODIFICA:
    • con efectos desde el 7 de octubre de 2022, los arts. 14.5, 15.1.g) y 16.1.f), por Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-14630).
    • con efectos desde el 1 de enero de 2023, los arts. 38, 38 bis y 38 ter, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2022-12925).
  • SE DEROGA, con efectos desde el 1 de enero de 2023, los arts. 31, 31 bis, 32, 32 bis, las disposiciones adicionales 3, 7 y final 4, SE MODIFICA los arts. 1.1, 24, 25, 30.1, 35 a 38 bis y SE AÑADE los arts. 38 ter y 38 quater, por Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio (Ref. BOE-A-2022-12482).
  • SE SUSPENDE:
    • la entrada en vigor de lo indicado de los art. 1.1, 24 y 25.4, por Ley 22/2021, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-21653).
    • la entrada en vigor de lo indicado de los art. 1.1, 24 y 25.4, por Ley 11/2020, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-17339).
  • SE MODIFICA los arts. 4.3.g) y h), 11.2 y 5, 16.1 y 3, 26.1.b) y, con efectos desde el 1 de abril de 2019, los arts. 38 y 38 bis, por Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo (Ref. BOE-A-2019-3244).
  • SE CORRIGEN errores en el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de septiembre, en BOE núm. 18 de 21 de enero de 2019 (Ref. BOE-A-2019-647).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 26.1, 31, 32, 38 bis, las disposiciones adicionales 3, 4, SE AÑADE los 31 bis, 32 bis y SE SUSPENDE la entrada en vigor del art. 25.4 y lo indicado del 1.1, 24, por Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-17992).
    • con efectos desde el 1 de agosto de 2018, los arts. 31.1, 32.1 y SE SUSPENDE la entrada en vigor del art. 25.4 y lo indicado del 1.1, 24, por Ley 6/2018, de 3 de julio (Ref. BOE-A-2018-9268).
  • SE DEROGA la disposición adicional 13 y SE MODIFICA los arts. 19.3, 20.4, 22.3 y 7, 30.1, 3 y 8, 31, 32, 35, 38 y las disposiciones adicionales 10 y 12 y SE AÑADE el art. 38 bis, por Ley 6/2017, de 24 de octubre (Ref. BOE-A-2017-12207).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 25.4 y SE SUSPENDE la aplicación, hasta el 1 de enero de 2019, del art. 25.4 y lo indicado del 1.1 y 24, por Ley 3/2017, de 27 de junio (Ref. BOE-A-2017-7387).
    • con efectos de 1 de enero de 2017, el art. 31, por Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-12266).
  • SE CORRIGEN errores, con variación de preceptos modificadores, de la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, en BOE núm. 12, de 14 de enero de 2016 (Ref. BOE-A-2016-328).
  • SE DEROGA las disposiciones adicionales 14 a 16, transitorias 1 a 3 y final 5; SE MODIFICA determinados preceptos y SE AÑADE el capítulo II al título V, por Ley 31/2015, de 9 de septiembre (Ref. BOE-A-2015-9735).
  • SE MODIFICA el art. 21 y la disposición adicional 12, por Ley 30/2015, de 9 de septiembre (Ref. BOE-A-2015-9734).
  • SE AÑADE el art. 30, por Ley 25/2015, de 28 de julio (Ref. BOE-A-2015-8469).
  • SE MODIFICA el art. 21 y disposición adicional 12, por Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo (Ref. BOE-A-2015-3031).
  • SE AÑADE el art. 30, por Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero (Ref. BOE-A-2015-2109).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 10.5, por Ley 14/2013, de 27 de septiembre (Ref. BOE-A-2013-10074).
    • los arts. 12 y 17 y SE AÑADE el art. 11 bis y la disposición transitoria 4, por Ley 36/2011, de 10 de octubre (Ref. BOE-A-2011-15936).
    • con efectos de 1 de enero de 2013, los arts. 1.1, 24, 25 y disposición adicional 2.1, por Ley 27/2011, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2011-13242).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con los arts. 21.2 y 22.6, regulando el consejo de la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos y el consejo de trabajo autónomo: Real Decreto 1613/2010, de 7 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-19958).
  • SE MODIFICA:
    • la disposición adicional 10, por Ley 27/2009, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-21160).
    • la disposición transitoria 3, por Ley 15/2009, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-2009-18004).
  • SE DESARROLLA, por Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero (Ref. BOE-A-2009-3673).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, estableciendo el procedimiento para el registro de contratos concertados por trabajadores autónomos económicamente dependientes: Resolución de 21 de febrero de 2008 (Ref. BOE-A-2008-4206).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 230, de 25 de septiembre de 2007 (Ref. BOE-A-2007-16825).

Referencias anteriores

  • MODIFICA:
    • arts. 2, 16, 17 y 63 de la Ley de Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (Ref. BOE-A-1995-8758).
    • Disposición adicional 35.1 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1994-14960).
  • CITA:

Materias

  • Agentes comerciales
  • Agentes de Seguros
  • Asociaciones
  • Contratos de trabajo
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Desempleo
  • Jornada laboral
  • Menores
  • Procedimiento Laboral
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Seguridad e higiene en el trabajo
  • Trabajadores autónomos

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