Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 23/10/2007.
Entrada en vigor:
12/11/2007
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2007-18391
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/lo/2007/10/22/11/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Orgánica
  • Fecha de disposición: 22/10/2007
  • Fecha de publicación: 23/10/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 12/11/2007

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con los arts. 53 a 55, y se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno: Real Decreto 785/2022, de 27 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-15760).
    • y se desarrollan los derechos de las asociaciones profesionales: Real Decreto 175/2022, de 4 de marzo de 2022 (Ref. BOE-A-2022-3476).
    • y se regula el uso general del uniforme de la Guardia Civil: Real Decreto 967/2021, de 8 de noviembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-18282).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 30, por Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio (Ref. BOE-A-2015-8468).
    • la disposición adicional 2, por Ley 29/2014, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-2014-12408).
  • SE DEROGA el art. 8.1, por Ley Orgánica 11/2011, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2011-13238).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 55 aprobando el Reglamento de organización y funcionamiento interno: Real Decreto 751/2010, de 4 de junio (Ref. BOE-A-2010-9545).
    • con el art. 53.1.a), estableciendo el régimen electoral del Consejo de la Guardia Civil: Real Decreto 1963/2008, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-2008-19273).
    • el art. 48, habilitando el registro de asociaciones profesionales de guardias civiles: Orden INT/3939/2007, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-115).

Referencias anteriores

  • DEROGA en el ámbito indicado el art. 181.1 de la Ley 85/1978, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-868).
  • MODIFICA:
    • art. 3 c) de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo (Ref. BOE-A-2002-5852).
    • arts. 3, 91 y 92 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre (Ref. BOE-A-1999-22670).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo (Ref. BOE-A-1986-6859).

Materias

  • Asociaciones
  • Consejos consultivos
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Derecho al honor a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen
  • Derecho de petición
  • Derechos fundamentales
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Huelga
  • Jura de Bandera
  • Libertad de expresión
  • Libertades fundamentales
  • Ministerio del Interior
  • Organización de la Administración del Estado
  • Órganos colegiados
  • Promoción profesional
  • Reuniones
  • Vacaciones

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid