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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Ley 14/2008, de 5 de noviembre, de la Oficina Antifraude de Cataluña.

Publicado en:
«DOGC» núm. 5256, de 12/11/2008, «BOE» núm. 292, de 04/12/2008.
Entrada en vigor:
02/12/2008
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2008-19527
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ct/l/2008/11/05/14/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 05/11/2008
  • Fecha de publicación: 04/12/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 02/12/2008
  • Publicada en el DOGC núm. 5256, de 12 de noviembre de 2008.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el art. 8.4, por Ley 5/2022, de 6 de abril (Ref. BOE-A-2022-6401).
  • SE AÑADE los arts. 8 bis y 24 bis, por Ley 2/2021, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-953).
  • SE MODIFICA:

Referencias anteriores

  • MODIFICA el art. 14.5.d de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-1769).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 65 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio (Ref. BOE-A-2006-13087).
  • CITA art. 6 de la Convención de 31 de octubre de 2003 (Ref. BOE-A-2006-13012).

Materias

  • Cataluña
  • Comunidades Autónomas
  • Fraudes
  • Función Pública
  • Organización de las Comunidades Autónomas

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