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Ley 1/2008, de 20 de febrero, de contratos de cultivo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOGC» núm. 5082, de 03/03/2008, «BOE» núm. 84, de 07/04/2008.
Entrada en vigor:
03/04/2008
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2008-6152
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ct/l/2008/02/20/1/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 20/02/2008
  • Fecha de publicación: 07/04/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 03/04/2008
  • Publicada en el DOGC núm. 5082, de 3 de marzo de 2008.
  • Fecha de derogación: 01/01/2018

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
    • por Ley 3/2017, de 15 de febrero (Ref. BOE-A-2017-2466).
    • el capítulo VI y la disposición adicional 2, por Ley 9/2011, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-546).

Referencias anteriores

  • SUSTITUYE los arts. 337 a 339 del Decreto Legislativo 1/1984, de 18 de julio (Ref. DOGC-f-1984-90014).
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 46.4 y 116.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio (Ref. BOE-A-2006-13087).

Materias

  • Aparcería
  • Arbitraje
  • Arrendamientos rústicos
  • Cataluña
  • Contratos
  • Cultivos
  • Derecho Foral
  • Organización de las Comunidades Autónomas

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