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Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 07/06/2008.
Entrada en vigor:
08/06/2008
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2008-9855
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2008/05/23/863/con

Índice: «Texto original, publicado el 07/06/2008»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 32/2003, DE 3 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE TELECOMUNI-CACIONES, EN LO RELATIVO AL USO DEL DOMINIO PÚBLICO RADIOELÉCTRICO

TÍTULO I. Disposiciones generales

TÍTULO II. Planificación del dominio público radioeléctrico

TÍTULO III. Uso del dominio público radioeléctrico

CAPÍTULO I. Disposiciones comunes a los diferentes usos del dominio público radioeléctrico

CAPÍTULO II. Uso común y uso especial del dominio público radioeléctrico

TÍTULO IV. Uso privativo del dominio público radioeléctrico

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Procedimientos de obtención y régimen jurídico de los títulos habilitantes para uso privativo del dominio público radioeléctrico

Sección 1.ª Procedimiento General

Sección 2.ª Procedimiento de licitación

CAPÍTULO III. Uso privativo del dominio público radioeléctrico para fines especiales

Sección 1.ª De los recursos órbita-espectro

Sección 2.ª Uso del dominio público radioeléctrico para su explotación mediante la utilización de recursos órbita-espectro

Sección 3.ª Uso del dominio público radioeléctrico para la prestación de servicios de radiodifusión sonora y televisión

Sección 4.ª Uso del dominio público radioeléctrico para fines experimentales y eventos de corta duración

TÍTULO V. Transferencia de títulos habilitantes y cesión de derechos de uso del dominio público radioeléctrico

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Transferencia de títulos que habilitan al uso del dominio público radioeléctrico

CAPÍTULO III. Cesión de derechos de uso del dominio público radioeléctrico

[Disposiciones adicionales]

ANEXO. Servicios con frecuencias reservadas en las bandas indicadas susceptibles de transferencia parcial de título o de cesión a terceros de los derechos de uso del dominio público radioeléctrico


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