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Resolución de 15 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de las distintas profesiones reguladas de Ingeniero Técnico.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29/01/2009.
Entrada en vigor:
29/01/2009
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2009-1477

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/01/2009
  • Fecha de publicación: 29/01/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 29/01/2009

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN:
    • sobre verificación del título que habilita para la profesión de ingeniero técnico en topografía: Orden CIN/353/2009, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-2009-2895).
    • sobre verificación del título que habilita para la profesión de ingeniero técnico de telecomunicación: Orden CIN/352/2009, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-2009-2894).
    • sobre verificación del título que habilita para la profesión de ingeniero técnico industrial: Orden CIN/351/2009, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-2009-2893).
    • sobre verificación del título que habilita para la profesión de ingeniero técnico naval: Orden CIN/350/2009, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-2009-2892).
    • sobre verificación del título que habilita para la profesión de ingeniero técnico forestal: Orden CIN/324/2009, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-2009-2804).
    • sobre verificación del título que habilita para la profesión de ingeniero técnico agrícola: Orden CIN/323/2009, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-2009-2803).
    • sobre verificación del título que habilita para la profesión de ingeniero técnico aeronautico: Orden CIN/308/2009, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-2009-2737).
    • sobre verificación del título que habilita para la profesión de ingeniero técnico de obras públicas: Orden CIN/307/2009, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-2009-2736).
    • sobre verificación del título que habilita para la profesión de ingeniero técnico de minas: Orden CIN/306/2009, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-2009-2735).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el art. 12.9 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2007-18770).

Materias

  • Capacitación profesional
  • Enseñanza Universitaria
  • Ingenieros Técnicos Aeronáuticos
  • Ingenieros Técnicos Agrícolas
  • Ingenieros Técnicos de Minas
  • Ingenieros Técnicos de Obras Públicas
  • Ingenieros Técnicos de Telecomunicación
  • Ingenieros Técnicos en Topografía
  • Ingenieros Técnicos Forestales
  • Ingenieros Técnicos Industriales
  • Ingenieros Técnicos Navales
  • Planes de estudios
  • Profesiones tituladas
  • Títulos académicos y profesionales
  • Universidades

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