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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el "Boletín Oficial del Estado" por las entidades del sector público estatal empresarial y fundacional que no tengan obligación de publicar sus cuentas anuales en el registro mercantil.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 24/09/2009.
Entrada en vigor:
25/09/2009
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2009-15132
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2009/09/14/(3)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/09/2009
  • Fecha de publicación: 24/09/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 25/09/2009
  • Fecha de derogación: 09/06/2021

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 2 de junio de 2021 (Ref. BOE-A-2021-9494).
  • SE MODIFICA lo indicado de los apartados 1 a 4, por Resolución de 3 de junio de 2013 (Ref. BOE-A-2013-6043).

Referencias anteriores

  • DEROGA la Resolución de 23 de diciembre de 2005 (Ref. BOE-A-2006-332).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-21614).

Materias

  • Administraciones Públicas
  • Boletín Oficial del Estado
  • Contabilidad
  • Empresas públicas
  • Información
  • Intervención General de la Administración del Estado
  • Publicaciones oficiales

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