Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOG» núm. 205, de 26/10/2011, «BOE» núm. 272, de 11/11/2011.
Entrada en vigor:
15/11/2011
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2011-17718
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ga/l/2011/10/13/6/con

Índice: «Última actualización, publicada el 21/05/2021»

Norma derogada, con efectos de 22 de mayo de 2021, por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 11/2021, de 14 de mayo. Ref. BOE-A-2021-10669

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

TÍTULO II. Del Banco de Tierras de Galicia y de su gestión

CAPÍTULO I. Del Banco de Tierras de Galicia

CAPÍTULO II. De la entidad gestora del Banco de Tierras de Galicia

CAPÍTULO III. Del encargo de mediación a la entidad gestora del Banco de Tierras de Galicia

TÍTULO III. De la adjudicación de las fincas con vocación agraria incorporadas al Banco de Tierras de Galicia

CAPÍTULO I. De los regímenes de adjudicación

CAPÍTULO II. De la transmisión en propiedad de las fincas con vocación agraria, de titularidad de la entidad gestora, integrantes del Banco de Tierras de Galicia

CAPÍTULO III. De la cesión temporal a terceras personas de las fincas con vocación agraria integrantes del Banco de Tierras de Galicia

TÍTULO IV. De las medidas tributarias y de fomento

TÍTULO V. De la Comisión Técnica de Precios y Valores

TÍTULO VI. De las fincas abandonadas

CAPÍTULO I. De las condiciones para su declaración

CAPÍTULO II. Del procedimiento

CAPÍTULO III. De los perímetros abandonados

TÍTULO VII. Del régimen sancionador

TÍTULO VIII. De las zonas de actuación agraria prioritaria

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid