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Real Decreto 739/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 03/10/2013.
Entrada en vigor:
04/10/2013
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-10270
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2013/09/30/739/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 30/09/2013
  • Fecha de publicación: 03/10/2013
  • Fecha de entrada en vigor: 04/10/2013
  • Fecha de derogación: 20/01/2016

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero (Ref. BOE-A-2016-439).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con:
    • Reglamento aprobado por Real Decreto 907/2007, de 6 de julio (Ref. BOE-A-2007-13182).
    • Art. 3.7 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero (Ref. BOE-A-2007-2296).
    • Art. 40 de la Ley de Aguas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio (Ref. BOE-A-2001-14276).

Materias

  • Aguas
  • Ceuta
  • Demarcación hidrográfica
  • Dominio Público Hidráulico
  • Organización de la Administración del Estado
  • Planificación hidrológica

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