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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 28/03/2014
  • Fecha de publicación: 29/03/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 30/03/2014

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA con los efectos indicados, los arts. 4 a 6, 8, 9, anexo I y SE AÑADE el art. 10 bis, la disposición final 2 bis y el anexo III, por Real Decreto 446/2023, de 13 de junio (Ref. BOE-A-2023-14048).
  • SE DEROGA el título IV y las referencias indicadas, por Real Decreto 184/2022, de 8 de marzo (Ref. BOE-A-2022-4361).
  • SE MODIFICA:
    • en la forma indicada en la disposición final 8, los arts. 3, 4, 5, 7, 8, 12, 17 y 20, por Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo (Ref. BOE-A-2021-4239).
    • el art. 12, por Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre (Ref. BOE-A-2020-13591).
    • el art. 20.2, por Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre (Ref. BOE-A-2018-13593).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, sobre costes a incluir en el cálculo del precio voluntario para el pequeño consumidor: Orden ETU/1948/2016, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-12274).
  • SE MODIFICA los arts. 7.2, 12 y SE AÑADE el título VII, por Real Decreto 469/2016, de 18 de noviembre (Ref. BOE-A-2016-11094).
  • SE DECLARA:
    • la nulidad de la disposición adicional 8.2, por Sentencia del TS de 3 de noviembre de 2015 (Ref. BOE-A-2016-1182).
    • la nulidad de la disposición adicional 8.2, por Sentencia del TS de 3 de noviembre de 2015 (Ref. BOE-A-2016-1181).
    • la nulidad de la disposición adicional 8.2, por Sentencia del TS de 3 de noviembre de 2015 (Ref. BOE-A-2016-1180).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo: Real Decreto 968/2014, de 21 de noviembre (Ref. BOE-A-2014-12099).
    • con la disposición adicional 3, estableciendo el contenido mínimo y el modelo de factura de electricidad: Resolución de 23 de mayo de 2014 (Ref. BOE-A-2014-5655).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • Disposición adicional 5 de la Orden IET/843/2012, de 25 de abril (Ref. BOE-A-2012-5527).
    • Orden ITC/1601/2010, de 11 de junio (Ref. BOE-A-2010-9611).
    • excepto el capítulo VI y las disposiciones adicionales 1 y 7, la Orden ITC/1659/2009, de 22 de junio (Ref. BOE-A-2009-10328).
    • Real Decreto 485/2009, de 3 de abril (Ref. BOE-A-2009-5618).
  • DE CONFORMIDAD con:

Materias

  • Comercialización
  • Consumidores y usuarios
  • Energía eléctrica
  • Precios
  • Subastas
  • Suministro de energía
  • Tarifas

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