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Ley 2/2015, de 27 de febrero, de régimen sancionador en materia de actividades marítimas, náuticas y subacuáticas (deportivas y recreativas) en las Illes Balears.

Publicado en:
«BOIB» núm. 33, de 07/03/2015, «BOE» núm. 75, de 28/03/2015.
Entrada en vigor:
08/03/2015
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-A-2015-3331
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ib/l/2015/02/27/2/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 27/02/2015
  • Fecha de publicación: 28/03/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 08/03/2015
  • Publicada en el BOIB núm. 33 de 7 de marzo de 2015.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • los arts. 2, 3 y 9, por Ley 2/2020, de 15 de octubre (Ref. BOE-A-2020-14467).
    • los arts. 2, 3 y 9, por Decreto-ley 8/2020, de 13 de mayo (Ref. BOE-A-2020-8011).

Referencias anteriores

  • DEROGA el capítulo II del título II de la Ley 6/2007, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-5651).
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 30 y 48.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2007-4233).
  • CITA Decreto 35/1996, de 7 de marzo (BOIB núm. 35, del 19).

Materias

  • Actividades subacuáticas
  • Baleares
  • Embarcaciones deportivas y de recreo
  • Escuelas de Náutica
  • Navegación marítima
  • Ocio
  • Procedimiento sancionador

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