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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 24/03/2015
  • Fecha de publicación: 30/04/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 28/03/2015
  • Publicada en el BOMU nún. 71 de 27 de marzo de 2015.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el título, determinados preceptos y referencias y SE AÑADE los arts. 16 bis, 20 bis, 53 bis y 59 octies, por Ley 3/2022, de 24 de mayo (Ref. BOE-A-2022-11317).
  • SE DEROGA los arts. 20 y 21 y SE MODIFICA el art. 40.1, por Decreto-ley 1/2021, de 6 de mayo (Ref. BORM-s-2021-90174).
  • SE MODIFICA:
    • el título, determidados preceptos y referencias y SE AÑADE los arts. 16 bis, 20 bis y 59 octies, por Decreto-ley 10/2020, de 8 de octubre (Ref. BORM-s-2020-90407).
    • determinados preceptos y SE SUPRIME el art. 49 y la disposición transitoria 2, por Ley 2/2020, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2020-9792).
    • determinados preceptos, y SE SUPRIME el art. 49 y la disposición transitoria 2, por Decreto-ley 3/2020, de 23 de abril (Ref. BORM-s-2020-90126).
  • SE DECLARA:
    • en el Recurso 1302/2017, su desestimación en relación con los arts. 59 bis y ter, en la redacción dada por el art. 1.10 y 11 de la Ley 10/2016, de 7 de junio, por Sentencia 102/2018, de 4 de octubre (Ref. BOE-A-2018-15006).
    • en el Recurso 1302/2017, el mantenimiento de la suspensión de vigencia y aplicación de los arts. 59 bis y ter, en la redacción dada por el art. 1.10 y 11 de la Ley 10/2016, de 7 de junio, por Auto de 6 de septiembre de 2017 (Ref. BOE-A-2017-10491).
  • Recurso 1302/2017, planteado en relación con los arts. 59 bis y ter en la redacción dada por el art. 1.10 y 11 de la Ley 10/2016, de 7 de junio, con suspensión, desde el 4 de mayo de 2017, de vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, y desde el 15 de marzo de 2017, para las partes legitimadas (Ref. BOE-A-2017-4818).
  • SE MODIFICA los arts. 4, 5, 52, 53, 55, 62, 64, la denominación del título V y SE AÑADE la sección 1 y 2 del título V, por Ley 10/2016, de 7 de junio (Ref. BOE-A-2016-6647).

Referencias anteriores

  • DEROGA parcialmente la Ley 5/1995, de 7 de abril (Ref. BOE-A-1995-13299).
  • MODIFICA:
  • DE CONFORMIDAD con el art. 10.Uno del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio (Ref. BOE-A-1982-15031).

Materias

  • Arrendamientos urbanos
  • Asistencia social
  • Consejos consultivos
  • Edificaciones
  • Hipoteca
  • Murcia
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Viviendas
  • Viviendas de Protección Oficial

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