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Orden FOM/1687/2015, de 30 de julio, por la que se establecen disposiciones complementarias sobre las marcas de nacionalidad y de matrícula de las aeronaves civiles.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10/08/2015.
Entrada en vigor:
10/09/2015
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2015-8940
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2015/07/30/fom1687/con

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/07/2015
  • Fecha de publicación: 10/08/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 10/09/2015

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA los arts. 2.1, 3.2, 5.2, 6.1 y el anexo II, por Orden TMA/1354/2022, de 16 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-159).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 242, de 9 de octubre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-10872).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • Resolución de 16 de abril de 1991 (Ref. BOE-A-1991-13927).
    • Salvo el art. único.2.2 a 4, el Reglamento de Marcas de Nacionalidad y de Matrícula de las Aeronaves Civiles, texto refundido aprobado por Resolución de 17 de noviembre de 1977 (Ref. BOE-A-1978-413).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 23 de la Ley 48/1960, de 21 de julio (Ref. BOE-A-1960-10905).
  • CITA Convenio de 7 de diciembre de 1944 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1947-2069).

Materias

  • Aeronaves
  • Distintivos
  • Navegación aérea
  • Patrimonio Histórico Artístico
  • Registro de Matricula de Aeronaves

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

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