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Resolución de 28 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba para el año 2017 el perfil de consumo y el método de cálculo a efectos de liquidación de energía, aplicables para aquellos consumidores tipo 4 y tipo 5 que no dispongan de registro horario de consumo, según el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 30/12/2016.
Entrada en vigor:
01/01/2017
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2016-12487
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/12/28/(2)/con

Índice: «Última actualización, publicada el 30/12/2016»

Téngase en cuenta que la presente Resolución se dicta para el año 2017, por lo que ha agotado su vigencia.

[Preámbulo]

[Firma]

ANEXO I. Método de cálculo de los perfiles de consumo para los consumidores tipo 4 y tipo 5 que no dispongan de registro horario de consumo

ANEXO II. Coeficientes αi, βi, γi


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