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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 11/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras.

[Disposición derogada]

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 08/01/2016
  • Fecha de publicación: 22/01/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 23/01/2016
  • Efectos desde el 23 de enero de 2016.
  • Fecha de derogación: 22/07/2023

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
  • SE DECLARA:
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia del TS de 4 de julio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-13705).
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia del TS de 5 de julio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-13706).
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia del TS de 8 de julio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-13564).
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia del TS de 10 de julio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-11324).
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia del TS de 5 de julio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-11198).
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia del TS de 4 de julio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-11196).
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia del TS de 21 de mayo de 2019 (Ref. BOE-A-2019-9898).
  • SE CORRIGEN errores:
    • en la sentencia del TS de 8 de abril de 2019, por Auto del TS de 27 de mayo de 2019 (Ref. BOE-A-2019-9426).
    • en la sentencia del TS de 11 de abril de 2019, por Auto del TS de 29 de mayo de 2019 (Ref. BOE-A-2019-9427).
  • SE DECLARA:
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia del TS de 8 de abril de 2019 (Ref. BOE-A-2019-9320).
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia del TS de 11 de abril de 2019 (Ref. BOE-A-2019-9321).
    • nulo lo indicado, en relación con el Plan Hidrológico de la demarcación hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, por Sentencia de TS de 11 de abril de 2019 (Ref. BOE-A-2019-7433).
    • nulo lo indicado en relación con el Plan Hidrológico de la demarcación hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, por Sentencia del TS de 25 de marzo de 2019 (Ref. BOE-A-2019-7432).
    • nulo lo indicado en relación con el Plan Hidrológico de la demarcación hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, por Sentencia del TS de 11 de abril de 2019 (Ref. BOE-A-2019-7277).
    • nulo lo indicado en relación con el Plan Hidrológico de la demarcación hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, por Sentencia del TS de 25 de marzo de 2019 (Ref. BOE-A-2019-6610).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el Reglamento aprobado por Real Decreto 907/2007, de 6 de julio (Ref. BOE-A-2007-13182).
    • el art. 40 la Ley de Aguas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio (Ref. BOE-A-2001-14276).
  • CITA Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre (Ref. DOUE-L-2000-82524).

Materias

  • Andalucía
  • Costas marítimas
  • Cuencas hidrográficas
  • Galicia
  • Internet
  • Planificación hidrológica

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