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Orden APA/1083/2018, de 8 de octubre, por la que se dictan medidas para evitar la contaminación transfronteriza derivada del cultivo de maíz modificado genéticamente hacía los estados miembros vecinos en los que esté prohibido el cultivo de dichos organismos modificados genéticamente.

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 18/10/2018.
Entrada en vigor:
19/10/2018
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2018-14220
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2018/10/08/apa1083/con

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 08/10/2018
  • Fecha de publicación: 18/10/2018
  • Fecha de entrada en vigor: 19/10/2018
  • Efectos desde el 19 de octubre de 2018.

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con:
    • la disposición adicional única del Reglamento aprobado por Real Decreto 178/2004, de 30 de enero (Ref. BOE-A-2004-1850).
    • el art. 26 bis de la Directiva 2001/18/CE, de 12 de marzo de 2001 (Ref. DOUE-L-2001-80990).
  • CITA Reglamento (UE) 2017/625, de 15 de marzo (Ref. DOUE-L-2017-80723).

Materias

  • Comunidades Autónomas
  • España
  • Explotaciones agrarias
  • Francia
  • Fronteras
  • Información
  • Intercambios intracomunitarios
  • Maíz
  • Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación
  • Organismo genéticamente modificado
  • Sustancias peligrosas

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