[Vigencia agotada]
Téngase en cuenta que la presente Orden se dicta para el año 2020, por lo que ha agotado su vigencia.
[Bloque 2: #pa]
La Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, en su disposición final sexta, establece que por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se realizará periódicamente la determinación de la cuantía de la renta de referencia de conformidad con lo previsto en el apartado 12 del artículo 2 de esta Ley. Este precepto dispone que se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido al respecto en la normativa de la Unión Europea y teniendo en cuenta los datos de salarios publicados por el Instituto Nacional de Estadística.
En su virtud, dispongo que la renta de referencia a que se refiere el apartado 12 del artículo 2 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, queda fijada para el año 2020 en la cuantía de 29.339,08 euros.
La presente orden tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2020.
[Bloque 3: #fi]
Madrid, 4 de diciembre de 2019.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.
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