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Ley 1/2020, de 11 de junio, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana.

Publicado en:
«DOGV» núm. 8834, de 15/06/2020, «BOE» núm. 253, de 23/09/2020.
Entrada en vigor:
16/06/2020
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2020-11046
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-vc/l/2020/06/11/1/con

Índice: «Modificación publicada el 31/12/2020»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

TÍTULO II. Medidas de prevención de la ludopatía

TÍTULO III. Organización y ordenación de la actividad del juego

CAPÍTULO I. Órganos de control del juego y competencias

CAPÍTULO II. De las personas jugadoras y del personal de las empresas de juego

Sección primera. Personas jugadoras

Sección segunda. Personal de las empresas de juego

Sección tercera. Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego de la Comunitat Valenciana y Control de Admisión

CAPÍTULO III. Empresas de juego

Sección primera. Autorizaciones

Sección segunda. Requisitos de las empresas de juego

CAPÍTULO IV. Tipos de juego en el ámbito de la Comunitat Valenciana

Sección primera. Modalidades de juegos presenciales

Sección segunda. Juego practicado a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos o interactivos

CAPÍTULO V. Locales de juegos

Sección primera. Establecimientos de juego

CAPÍTULO VI. Homologación del material de juego y laboratorios de ensayo

CAPÍTULO VII. Registro General de Juego de la Comunitat Valenciana

TÍTULO IV. Inspección y control de la actividad del juego

TÍTULO V. Régimen sancionador

TÍTULO VI. Tributación sobre el juego

CAPÍTULO I. Tributo relativo a las rifas, tómbolas o combinaciones aleatorias

CAPÍTULO II. Tributo relativo a las apuestas

CAPÍTULO III. Tributo relativo a los juegos de suerte, envite o azar

Sección primera. Disposiciones generales

Sección segunda. Especialidades relativas al juego del bingo electrónico

Sección tercera. Especialidades relativas al juego del bingo distinto al electrónico

Sección cuarta. Especialidades relativas a los casinos de juego

Sección quinta. Especialidades relativas a la explotación de máquinas recreativas y de azar

CAPÍTULO IV. Tributo relativo a los juegos cuando se desarrollen a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, interactivos o de comunicación a distancia cuyo ámbito sea el de la Comunitat Valenciana

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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