Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.[Vigencia agotada]
Téngase en cuenta que la presente Orden es aplicable hasta el 31 de diciembre de 2025, según establece su disposición final 3, por lo que debe entenderse que esta norma ha perdido su vigencia.
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO II. Procedimiento de concesión de las ayudas
ANEXO I. Inversiones materiales en seguridad minera: Tipología de proyectos y puntuación
ANEXO II. Actuaciones de formación en seguridad minera: Tipología de proyectos y puntuación
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