Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 13/03/2020.
Entrada en vigor:
13/03/2020
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2020-3580
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2020/03/12/7/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 12/03/2020
  • Fecha de publicación: 13/03/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 13/03/2020

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA el art. 16, por Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo (Ref. BOE-A-2021-7351).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 16, por Ley 3/2021, de 12 de abril (Ref. BOE-A-2021-5771).
    • el art. 14.4, por Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5315).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD el art. 10, y se establecen el marco y las directrices de actuación para el tercer trimestre del curso 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021: Orden EFP/365/2020, de 22 de abril (Ref. BOE-A-2020-4609).
  • SE PUBLICA Acuerdo de convalidación, por Resolución de 25 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4171).
  • SE MODIFICA el art. 16, por Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4152).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 82 de 25 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4025).
  • SE MODIFICA el art. 16, por Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3824).

Referencias anteriores

  • MODIFICA el art. 94.3 de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio (Ref. BOE-A-2015-8343).
  • AÑADE la disposición adicional 3 a la Ley 50/1997, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1997-25336).

Materias

  • Administraciones Públicas
  • Asistencia social
  • Ayuda alimentaria
  • Ayudas
  • Calendario Escolar
  • Centros de enseñanza
  • Cesión de Tributos
  • Comisiones Delegadas del Gobierno
  • Comunicaciones electrónicas
  • Comunidades Autónomas
  • Consejo de Ministros
  • Contratación administrativa
  • Contratos de trabajo
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Créditos Presupuestarios
  • Empresas y Actividades Turísticas
  • Enfermedades
  • Enseñanza
  • Epidemias
  • Especialidades y productos farmacéuticos
  • Financiación de las Comunidades Autónomas
  • Gestión presupuestaria
  • Incapacidades laborales
  • Instituto de Crédito Oficial
  • Medicamentos
  • Menores
  • Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
  • Ministerio de Sanidad
  • Pensiones
  • Precios
  • Presidencia del Gobierno
  • Préstamos
  • Recaudación
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Salud
  • Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa
  • Seguridad Social
  • Sistema financiero
  • Sistema Nacional de Salud
  • Sistema tributario
  • Trabajadores
  • Turismo
  • Vacunas

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid