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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Resolución de 20 de marzo de 2020, de la Subsecretaría, por la que se acuerda la reanudación del procedimiento para solicitar y conceder la Gracia del Indulto.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 21/03/2020.
Entrada en vigor:
21/03/2020
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2020-3962
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/03/20/(3)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/03/2020
  • Fecha de publicación: 21/03/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 21/03/2020
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con la disposición adicional 3.4 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3692).
  • CITA Ley de 18 de junio de 1870 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1870-4759).

Materias

  • Epidemias
  • Estado de alarma
  • Indulto
  • Procedimiento administrativo
  • Subsecretaría del Ministerio de Justicia

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