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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Orden TMA/278/2020, de 24 de marzo, por la que se establecen ciertas condiciones a los servicios de movilidad, en orden a la protección de personas, bienes y lugares.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 25/03/2020.
Entrada en vigor:
25/03/2020
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2020-4028
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/03/24/tma278/con

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 24/03/2020
  • Fecha de publicación: 25/03/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 25/03/2020
  • Fecha de derogación: 19/05/2020

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores

  • MODIFICA el art. 3.4 de la Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3863).
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 4 y 14 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3692).
  • EN RELACIÓN con el Acuerdo publicado por Orden PCM/205/2020, de 10 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3433).
  • CITA:

Materias

  • Enfermedades
  • Epidemias
  • Estado de alarma
  • Italia
  • Libre circulación de personas
  • Sanidad
  • Transporte de viajeros
  • Transporte público
  • Transportes aéreos
  • Transportes por carretera

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