Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 28/03/2020.
Entrada en vigor:
28/03/2020
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-4155
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2020/03/27/476/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 27/03/2020
  • Fecha de publicación: 28/03/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 28/03/2020
  • Efectos hasta las 00:00 horas del día 12 de abril de 2020.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA en el Recurso 2054/2020, la desestimación, por Sentencia 148/2021, de 14 de julio (Ref. BOE-A-2021-13032).

Referencias anteriores

  • AÑADE la disposición adicional 6 y PRORROGA, con los efectos indicados, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3692).
  • DE CONFORMIDAD con Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio (Ref. BOE-A-1981-12774).
  • CITA Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3828).

Materias

  • Enfermedades
  • Epidemias
  • Estado de alarma
  • Sanidad

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid