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Resolución de 20 de abril de 2020, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, relativa a la no suspensión de plazos administrativos en actividades de fabricación e importación de productos cosméticos.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 23/04/2020.
Entrada en vigor:
23/04/2020
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2020-4599
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/04/20/(1)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/04/2020
  • Fecha de publicación: 23/04/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 23/04/2020
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con:
    • la disposición adicional 3 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3692).
    • el Real Decreto 85/2018, de 23 de febrero (Ref. BOE-A-2018-2693).
    • el art. 14 del Estatuto aprobado por Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre (Ref. BOE-A-2011-15044).

Materias

  • Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios
  • Cosméticos
  • Epidemias
  • Estado de alarma
  • Importaciones
  • Industrias
  • Procedimiento administrativo
  • Sanidad
  • Sustancias peligrosas

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