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Resolución de 27 de abril de 2020, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, sobre la continuación del procedimiento aplicable en la presentación de reclamaciones y quejas, cuya tramitación y resolución sea competencia del Banco de España, regulado en el artículo 30 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero y en la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 28/04/2020.
Entrada en vigor:
29/04/2020
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2020-4703
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/04/27/(1)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/04/2020
  • Fecha de publicación: 28/04/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 29/04/2020
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con:
    • la disposición adicional 3 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3692).
    • la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre (Ref. BOE-A-2012-14363).
    • el art. 30 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre (Ref. BOE-A-2002-22807).

Materias

  • Banco de España
  • Consumidores y usuarios
  • Epidemias
  • Estado de alarma
  • Procedimiento administrativo
  • Quejas y sugerencias

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