Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 09/05/2020.
Entrada en vigor:
09/05/2020
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-4902
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2020/05/08/514/con

Índice: «Última actualización, publicada el 09/05/2020»

Téngase en cuenta que el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, finalizó a las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, por lo que debe entenderse que esta norma ha perdido su vigencia.

Se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020, por los arts. 1 y 2 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo. Ref. BOE-A-2020-5243

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones finales]

[Firma]


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid