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Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 09/05/2020.
Entrada en vigor:
09/05/2020
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-4902
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2020/05/08/514/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 08/05/2020
  • Fecha de publicación: 09/05/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 09/05/2020
  • Efectos de la prórroga desde las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • el art. 3 y se actualizan las medidas en materia de ordenación general de la navegación marítima: Orden TMA/419/2020, de 18 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5125).
    • el art. 3, sobre flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2: Orden SND/414/2020, de 16 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5088).
    • el art. 3 y se limita la entrada en España a las aeronaves y buques de pasaje a través de los puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional: Orden TMA/410/2020, de 14 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5054).
    • el art. 3 y se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura: Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4912).
    • el art. 3, sobre la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, por Orden SND/399/2020, de 9 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4911).

Referencias anteriores

  • MODIFICA el art. 7, AÑADE la disposición adicional 7 y PRORROGA, con los efectos indicados, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3692).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio (Ref. BOE-A-1981-12774).
  • CITA:

Materias

  • Enfermedades
  • Epidemias
  • Estado de alarma
  • Libre circulación de personas
  • Sanidad

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