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Resolución de 11 de mayo de 2020, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se modifica el calendario del proceso de admisión de alumnos en centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato en las Ciudades de Ceuta y Melilla, para el curso 2020/2021, y se amplían instrucciones.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 13/05/2020.
Entrada en vigor:
13/05/2020
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-A-2020-4967
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/05/11/(1)/con

Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 13/05/2020»

Téngase en cuenta que esta Resolución se aplica para el proceso de admisión de alunmnos para el curso 2020/2021, por lo que debe entenderse que ha perdido su vigencia.

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[Bloque 2: #pr]

El proceso de admisión de alumnos en centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato en las ciudades de Ceuta y Melilla para el curso 2020/2021, está regulado por la Resolución de 26 de febrero de 2020, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se regula el proceso de admisión de alumnos en centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato en las ciudades de Ceuta y Melilla para el curso 2020/2021.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece en su disposición adicional tercera que se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el citado real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

Posteriormente, con fecha 18 de marzo de 2020, se publica el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que procede a la modificación del apartado 4 de la disposición adicional tercera y establece que «sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, desde la entrada en vigor del presente Real Decreto, las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios».

Al amparo de la modificación producida en el apartado 4 de la citada disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se ha aprobado la Resolución conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y de la Secretaría General de Formación Profesional, sobre el inicio y la continuación de los procedimientos de admisión, pruebas de acceso y para la obtención de títulos académicos y matriculación de alumnos de los centros sostenidos con fondos públicos de la enseñanza no universitaria, puesto que estos procedimientos resultan indispensables para la protección del interés general. La suspensión de estos procesos tiene una grave repercusión en la organización del próximo curso escolar y en la propia organización de la vida de las familias. Mantener la suspensión impediría que pudieran determinarse las necesidades de los centros educativos y conocerse el centro de escolarización de los alumnos con suficiente antelación, con los consiguientes perjuicios a las familias. Por ello, dicha Resolución establece «la continuación, y en su caso el inicio, de los procedimientos de las Administraciones educativas competentes, correspondientes tanto a la admisión como a las pruebas de acceso a enseñanzas de formación profesional, enseñanzas artísticas, enseñanzas de idiomas y enseñanzas deportivas y las pruebas para la obtención de títulos académicos, así como la matriculación de alumnos de los centros sostenidos con fondos públicos de la enseñanza no universitaria, por resultar indispensable para la protección del interés general y el funcionamiento adecuado del servicio público educativo».

En consecuencia, procede la continuación de los plazos y de la tramitación del procedimiento de admisión de alumnos para el curso 2020/2021 en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato en las ciudades de Ceuta y Melilla, para lo que resulta necesario modificar el calendario inicialmente establecido.

El Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, traslada las competencias relacionadas con la programación y gestión de la enseñanza en las ciudades de Ceuta y Melilla a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, por lo que todas las referencias que se realizan en la Resolución de 26 de febrero de 2020, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se regula el proceso de admisión de alumnos en centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato en las ciudades de Ceuta y Melilla para el curso 2020/2021 a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial se entenderán referidas a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. Y las referencias que se realizan a la Subdirección General de Cooperación Territorial se entenderán referidas a la Subdirección General de Centros, Inspección y Programas.

En su virtud, esta Secretaria de Estado de Educación ha resuelto,

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[Bloque 3: #pr-2]

Primero. Reactivación del proceso de admisión.

La continuación de los plazos previstos en el procedimiento de admisión de alumnos regulado por la Resolución de 26 de febrero de 2020, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se regula el proceso de admisión de alumnos en centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato en las ciudades de Ceuta y Melilla para el curso 2020/2021, conforme al nuevo calendario establecido en el anexo I de esta Resolución.

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[Bloque 4: #se]

Segundo. Presentación telemática de solicitudes para participar en el proceso de admisión de alumnos.

Quienes deseen participar en el proceso de admisión para el curso 2020/2021 podrán realizarlo a través de la sede electrónica, evitando así tener que desplazarse a los centros educativos. Para ellos las Direcciones Provinciales harán pública en sus páginas web toda la información necesaria para acceder a este procedimiento, así como el número de vacantes ofertadas por cada centro.

Igualmente, los centros harán pública toda la información relacionada con el proceso de admisión en sus páginas web, incluido el número de vacantes ofertadas en cada nivel, así como el procedimiento para realizar la solicitud telemáticamente a través de sede electrónica.

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[Bloque 5: #te]

Tercero. Adopción de medidas preventivas para salvaguardar la salud de los ciudadanos y del personal de los centros educativos y de las Direcciones Provinciales.

Los Directores Provinciales acordarán y harán público el procedimiento de presentación presencial de solicitudes en su sede, pudiendo éste incluir el sistema de cita previa, así como la organización de acceso a las dependencias fijadas para la presentación de solicitudes, de modo que se pueda mantener el distanciamiento social fijado por las autoridades sanitarias. El personal dedicado a la recepción de solicitudes deberá ser dotado del material de autoprotección necesario.

Los Directores de los centros docentes actuarán de la misma manera y siguiendo las directrices marcadas por la Dirección Provincial, acordarán el procedimiento para la presentación presencial de solicitudes de admisión en los propios centros.

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[Bloque 6: #cu]

Cuarto. Continuación del plazo de reserva de plaza en el ciudad de Melilla.

El plazo para realizar la reserva de plaza para aquellos alumnos que finalizan su escolarización en la etapa de Educación Primaria y deben acceder el próximo curso a la Educación Secundaria Obligatoria en la ciudad de Melilla, que fue paralizado con la declaración del estado de alarma en el momento en que se publicaron las listas provisionales de admitidos, será reactivado en ese momento del procedimiento. Para ello el Director Provincial acordará un plazo específico de reclamaciones y de publicación de listas definitivas.

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[Bloque 7: #qu]

Quinto. Aplicación de las instrucciones.

Se autoriza a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, así como a los Directores Provinciales de Ceuta y Melilla a adoptar, en el ámbito de sus respectivas competencias, cuantas decisiones faciliten la puesta en práctica y aplicación de las instrucciones recogidas en la presente resolución.

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[Bloque 8: #fi]

Madrid, 11 de mayo de 2020.–El Secretario de Estado de Educación, Alejandro Tiana Ferrer.

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[Bloque 9: #ai]

ANEXO I

Calendario de actuaciones y fechas límite para el proceso de admisión de alumnos para el curso 2020/2021 en Ceuta y Melilla

Proceso ordinario

Actuaciones Fecha
Publicación de vacantes aprobadas por la Dirección Provincial para el proceso de ordinario. 18 de mayo de 2020

Plazo de presentación de instancias para el proceso ordinario de admisión.

Todos los centros sostenidos con fondos públicos exponen en lugar visible la información correspondiente al proceso de admisión de alumnos.

Modificación de la reserva de plaza obtenida.

Del 18 de mayo al 28 de mayo de 2020

Baremación de solicitudes presentadas en el proceso ordinario de admisión.

Hasta el 3 de junio de 2020

Publicación de listados provisionales de admitidos y excluidos.

Hasta el 4 de junio de 2020

Plazo de tres días hábiles para formular reclamaciones a los listados provisionales.

5, 8 y 9 de junio de 2020

Publicación de listados definitivos de admitidos.

Hasta el 10 de junio de 2020
Todos los centros envían las solicitudes no atendidas a las Comisiones de Garantía de Admisión..

Hasta el 10 de junio de 2020

Las Comisiones de Garantía de Admisión publican el listado provisional de alumnos asignados a los centros en segunda y siguientes opciones.

Las Comisiones hacen público el listado de los centros que tienen vacantes para que las familias soliciten nuevo centro.

Hasta el 15 de junio de 2020
Plazo de tres días hábiles para formular reclamaciones a los listados provisionales y para realizar solicitud complementaria exclusivamente aquellos que no han obtenido plaza en ninguno de los centros solicitados. 16, 17 y 18 de junio de 2020
Las Comisiones de Garantía de Admisión publican el listado definitivo de alumnos asignados a los centros en segunda y siguientes opciones. 19 de junio de 2020
Envío de listados a los centros. 19 de junio de 2020
Inicio del trabajo con las solicitudes que correspondan al proceso extraordinario de admisión para el curso 2020/2021.

10 de junio de 2020

Plazo de matriculación en centros de Educación Infantil y Primaria.

Del 22 a 30 de junio de 2020

Plazo de matriculación en centros de Educación Secundaria Obligatoria.

Del 1 al 15 de julio de 2020

Plazo extraordinario de matriculación en Educación Secundaria.

Los centros de Educación Secundaria enviarán a las Comisiones de Garantía de Admisión el resultado del proceso de escolarización y matriculación.

Comienzos del mes de septiembre de 2020
Todos los centros enviarán a la Unidad de Programas de la Dirección Provincial correspondiente la relación de todos los alumnos que no continúen en el centro y cuya documentación académica no haya sido solicitada por otro centro por si correspondieran a casos de alumnos desescolarizados o de absentismo escolar. 30 de octubre de 2020

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