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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 538/2020, de 26 de mayo, por el que se declara luto oficial por los fallecidos como consecuencia de la pandemia COVID-19.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 27/05/2020.
Entrada en vigor:
27/05/2020
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-2020-5316
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2020/05/26/538/con

Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 27/05/2020»

Téngase en cuenta que esta norma ha dejado de estar vigente por la finalización del periodo de luto oficial con fecha 6 de junio de 2020.

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[Bloque 2: #pr]

Porque es bueno que la sociedad que trabaja junta por el bien común pueda manifestar también junta su dolor,

porque es digno consolidar los vínculos sociales con un duelo colectivo y unitario en recuerdo de todas las víctimas provocadas por la violencia, el terror, las catástrofes o la enfermedad,

porque es justo homenajear a los compatriotas que han sacrificado sus vidas en el cumplimiento del deber ante una amenaza insólita contra la salud y el bienestar de la Nación,

porque es necesario expresar el respeto a las generaciones mayores que, después de trabajar durante años difíciles por nuestro progreso, se han visto especialmente afectadas por la pandemia,

y porque es proporcionado expresar el convencimiento de que la valoración de los cuidados en las decisiones públicas es la apuesta más fecunda por el futuro,

en memoria de las víctimas por el COVID-19 y en señal de duelo, a propuesta del Presidente del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de mayo de 2020,

DISPONGO:

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[Bloque 3: #au]

Artículo único.

Se declara luto oficial desde las 00:00 horas del día 27 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del día 6 de junio de 2020. Durante este periodo la bandera nacional ondeará a media asta en el exterior, y con un crespón en la moharra del mástil en el interior, en todos los edificios públicos y buques de la Armada.

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[Bloque 4: #df]

Disposición final única.

El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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[Bloque 5: #fi]

Dado en Madrid, el 26 de mayo de 2020.

FELIPE R.

El Presidente del Gobierno,

PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN

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Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid