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Resolución de 30 de junio de 2020, de la Dirección de Seguridad de Aeronaves de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se concede la exención del cumplimiento del artículo 4 bis.5) del Reglamento (UE) nº 1178/2011 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, en virtud del artículo 71 del Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2018.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 17/07/2020.
Entrada en vigor:
17/07/2020
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2020-8068
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/06/30/(2)/con

Índice: «Última actualización, publicada el 17/07/2020»

Téngase en cuenta que la exención que concede la presente Resolución es aplicable hasta el 25 de abril de 2021, según establece su apartado cuarto, por lo que debe entenderse que ha perdido su vigencia.

[Preámbulo]

[Firma]


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