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Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 12/10/2022.
Entrada en vigor:
13/10/2022
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2022-16586
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/10/11/857/con

Índice: «Última actualización, publicada el 24/01/2024»

Téngase en cuenta las previsiones establecidas por el Real Decreto 785/2023, de 17 de octubre, por el que se desarrollan determinadas disposiciones de la Unión Europea que establecen medidas para responder a problemas específicos en los sectores de frutas y hortalizas y vitivinícola causados por fenómenos meteorológicos adversos y por las perturbaciones del mercado. Ref. BOE-A-2023-21476

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones Generales

CAPÍTULO II. Programas operativos de las organizaciones de productores

CAPÍTULO III. Fondos operativos anuales

CAPÍTULO IV. Base de cálculo de la ayuda financiera de la Unión por la aplicación de programas operativos

CAPÍTULO V. Normas específicas correspondientes a los programas operativos de las asociaciones de organizaciones de productores

CAPÍTULO VI. Ayuda por la aplicación de programas operativos

CAPÍTULO VII. Coordinación entre comunidades autónomas, y entre comunidades autónomas y otros Estados miembros

CAPÍTULO VIII. Notificaciones e informes a remitir a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

CAPÍTULO IX. Controles

Sección 1.ª Reglas generales aplicables a todo tipo de controles

Sección 2.ª Reglas especiales según el tipo de control

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Tipos de intervenciones, acciones, actuaciones, inversiones y conceptos de gasto subvencionables en el marco de los programas operativos y los requisitos relativos a las mismas

ANEXO II. Contenido que deberá recoger el proyecto de programa operativo, formato al que deberá ajustarse, y documentación que deberá acompañarle

ANEXO III. Compensaciones económicas por la cosecha en verde y la renuncia a la recolección

ANEXO IV. Importes máximos de la ayuda para las retiradas del mercado para los productos que no se encuentren en el anexo V del Reglamento Delegado (UE) n.º 2022/126 de la Comisión

ANEXO V. Cálculo del valor de la producción comercializada


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